Amico, ya quisiera para mi tu ingonarancia "supina".
Tu me has hecho una pregunta concreta y yo te la he contestado haciendo alusión a un texto donde la contestan, pero voy a ser mucho mas claro y conciso.
A tu pregunta¿como obtengo por medios legales la tarjeta tpc?, si no puedo entrar a trabajar en una obra porque no dispongo de TPC
No es exacto que para entrar a trabajar en una obra necesites obligatoriamente la TPC, y eso se desprende del texto al cual haces referencia, ademas del escrito de La Fundación Laboral, enlace el cual esta pegado en un post anterior, por lo tanto despues de 30 dias cotizados en tu nuevo trabajo...ya sabes.
Por lo tanto dos cosas,las cuales no se prestan a interpretación alguna:
1-La TPC, no es inconstitucional
2.No es necesaria para acceder a un contrato ni obra alguna.
Y digo que no es necearia para acceder a obra alguna porque hoy por hoy la documentación que se requiere no esta incluida la TPC.
Necesitamos para entrar en obra:
De la empresa,de la cual nos acaba de contratar:
-REA, que por cierto, sino lo tienes no entras y antes podias estar mas de 30 dias esperando un resguardo de petición.
-Seguros varios RC,CONVENIO,ect.
-Todo tipo de documentación de maquinaria,homologaciones,ect,ect
-Epis.
-Servicios de Prevencion ajenos,planes de seguridad,ect
-Seguros sociales, corrientes de pago AEAT y S.Social
Del trabajador que acabamos de contratar o no:
-DNI y CONTRATO
-Acreditar los cursos de Formación pertinentes(Certificados de Formación que debe tener bajo su custodia el trabajador)
-Apto medico
-Autorizaciones de maquinaria si se precisa,ect ect.
Por lo tanto para entrar en obra no se necesita la TPC, y como veras digo entrar en obra pues seria en el caso mas reciente de un recien contratado.
El inspector de seguridad como tu lo llamas, no trabaja por libre, es una rama mas del ordinograma de la empresa Contratista. Y una Subcontrata no entra en Obra sin su consentimiento.
Periodicamente de toda esa relación de documentos que he descrito antes, habra que ir renovandolos periodicamente.
Para no extenderme mas dejo esta 1ªparte aqui, y en el siguente post abordaremos el tema cuando ya estamos contratados y dentro de la obra,osea justificar nuestra formación ante ese"inspector de seguridad".
Saludos
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